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Cómo cambio de nombre un barco: Paso a Paso

Cuando adquieres un barco, es habitual que surjan distintas preguntas como por ejemplo ¿Cómo cambio de nombre un barco? ¿Qué documentación necesito? ¿Es el mismo procedimiento que el cambio de nombre de un coche o una moto de agua? Por esta razón, en este artículo encontrarás toda la información necesaria para el cambio de nombre de una embarcación de recreo cuando se realiza una compra venta. 

¿Por qué necesitas cambiar el nombre de un barco?

Existen múltiples razones por las que un propietario puede optar por cambiar el nombre de un barco. Entre las más comunes encontramos:

  • Cambio de propietario: Cuando un barco cambia de manos, el nuevo dueño puede desear personalizar la embarcación con un nombre que se adapte más a sus gustos o identidad.
  • Supersticiones: En el mundo náutico, existe una antigua superstición de que cambiar el nombre de un barco trae mala suerte. Sin embargo, también existe la creencia de que un nombre afortunado puede traer buenos vientos y navegaciones exitosas.
  • Rebranding o Nueva Identidad: Los barcos pueden cambiar de nombre como parte de un «rebranding» personal, lo que puede reflejar un cambio en la vida o en el objetivo de la embarcación. Por ejemplo, algunos barcos que se utilizan con fines comerciales pueden querer cambiar de nombre para representar una nueva etapa del negocio.
  • Restauraciones o Renovaciones: Si el barco ha sido restaurado o sometido a una renovación significativa, algunos propietarios eligen cambiar el nombre para reflejar el nuevo comienzo de su embarcación.

¿Cuáles son las Regulaciones para el cambio de nombre de un barco?

El proceso de cambio de nombre de un barco está regido por leyes y reglamentaciones específicas para garantizar que se cumpla con las normativas nacionales e internacionales. En España, este proceso se rige por el Real Decreto 1027/1989, de 28 de julio, que regula la matriculación y la documentación de las embarcaciones. Según este decreto, los pasos a seguir para realizar el cambio de nombre son bastante específicos y deben realizarse ante la Capitanía Marítima correspondiente.

Entre los aspectos legales que se deben tener en cuenta están:

  • El cumplimiento de los requisitos administrativos establecidos por la legislación náutica.
  • La correcta actualización del nombre del barco en el registro de embarcaciones.
  • El pago de impuestos o tasas que se derivan del proceso de transmisión de propiedad, como el Impuesto de Transmisión Patrimonial (ITP).

Este marco normativo asegura que todo barco esté debidamente registrado y que el cambio de nombre se realice de manera oficial y legal.

Cambiar nombre barco: documentación necesaria

En cuanto a la documentación que se debe presentar en la capitanía marítima correspondiente, se debe presentar los siguientes documentos:

  • Fotocopia del DNI tanto del vendedor como del comprador.
  • Documentación del barco: rol de despacho, certificado de navegabilidad, licencia de navegación y hoja de asiento.
  • Instancia solicitando el cambio de nombre, de dominio o lista de la embarcación.
  • Comprobante del pago del Impuesto de Transmisión Patrimonial (ITP) mediante una entidad bancaria.
  • Contrato de compraventa firmado por ambas partes. Recomendamos también tener 3 copias y que los 3 estén firmados.
  • Comprobante de la liquidación de la Tasa de registro.
  • Copia impresa de la declaración de Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte para los siguientes 3 casos:
  1. Si no han transcurrido más de cuatro años desde la matriculación definitiva.
  2. Cuando la embarcación esté en la lista séptima y tenga una eslora superior a 8 metros o se encuentre en la sexta lista con una eslora superior a 15 metros.
  3. Se hayan modificado las circunstancias o requisitos determinantes de no sujeción o exención en la primera matriculación.

Trámite para cambiar de nombre un barco: Pasos a seguir

Lo primero que hay que saber es que las formalidades que se deben cumplir están regladas por el Real Decreto 1027/1989, de 28 de julio en los artículos 52 al 55. Dicho esto, los pasos a seguir son los siguientes: 

Paso 1 –  Hacer el trámite en la capitanía marítima de España correspondiente

El primer paso es saber cual es la administración competente, es decir, la capitanía marítima en donde corresponde hacer el trámite. Habitualmente es la que está más cercana al puerto base de la embarcación. Una vez localizada la capitanía marítima pertinente se puede comenzar con el proceso administrativo.

Paso 2 –  Redacción y firma del contrato de compra venta

Se deberá hacer este paso incluyendo todas las cláusulas que ambas partes tengan acordado y asegurar que el documento esté firmado tanto por el vendedor como por el comprador. 

También es importante incluir datos significativos como el precio de compra, la fecha de la compra venta y los datos que identifiquen a la embarcación (nombre, número de registro, potencia, motores, marca, modelo, NIB, número de casco, bandera, número de motor, número de matrícula del barco, año de construcción)

Paso 3 – Liquidar el impuesto de Transmisión Patrimonial

En este trámite hay que pagar el Impuesto de Transmisión Patrimonial o ITP. Es un impuesto Autonómico, es decir, puede variar según cada comunidad autónoma. Por ejemplo, en Cataluña es de un 5%.

Si el vendedor es una empresa, el contrato de compra venta tiene que emitirse en una factura la cual debe incluir el IVA, la fecha y el número de la factura.

Si el comprador es una empresa y el vendedor en un particular, es el comprador, es decir la empresa, quien pagará el ITP correspondiente. 

En el caso de que tanto el comprador como el vendedor sean dos empresas, la factura debe ser emitida junto con el IVA correspondiente. 

Consideraciones especiales en el cambio de nombre de un barco

En algunos casos, el cambio de nombre puede requerir consideraciones adicionales, tales como:

  • Embarcaciones históricas o de valor patrimonial: Si el barco tiene un nombre histórico o significativo, el cambio de nombre puede estar sujeto a una mayor regulación, ya que algunas embarcaciones tienen nombres registrados con valor cultural o patrimonial.
  • Barcos con nombres supersticiosos: Si el barco tiene un nombre que se considera de mala suerte, algunas personas prefieren llevar a cabo un ritual o ceremonia para «purificar» la embarcación antes de cambiar su nombre. Esta práctica varía según la tradición del propietario.

¿Qué hacer después del cambio de nombre de un barco?

Después de realizar el cambio de nombre, hay varios pasos a seguir:

  1. Actualizar el seguro de la embarcación: Notifica a tu aseguradora sobre el cambio de nombre para que los documentos del seguro se actualicen con el nuevo nombre.
  2. Actualizar los documentos fiscales: Asegúrate de que todos los documentos fiscales, como las declaraciones de impuestos o registros, reflejen el nuevo nombre del barco.
  3. Notificar a otros registros: Además de la Capitanía Marítima, asegúrate de que el cambio de nombre se registre en otros lugares relevantes, como la Asociación de Propietarios de Embarcaciones o clubes náuticos, si aplica.

En estos procesos administrativos es de gran ayuda contar un gestor o corredor de seguros como lo es Náutica Profesional. No dudes en contactar con nosotros si deseas saber más sobre nuestros seguros náuticos. 

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