El chaleco salvavidas es un elemento de seguridad esencial en la náutica, sobre todo si hablamos de motos de agua. Todos los otros elementos, como guantes, calzado y traje seco, son recomendables pero no obligatorios. La única cosa que es obligatoria por ley en las motos acuáticas es el chaleco salvavidas.
Aunque parezca obvio, muchas personas desconocen la obligación de llevar el chaleco salvavidas, es por eso que hoy no solo vamos a recordarte que tienes que ponerte el chaleco salvavidas homologado, sino que vamos a decirte cómo tiene que ser este según la normativa.
Como hemos comentado, y como dice la ley en el Artículo 9 de “Elementos de seguridad”, cualquier persona que esté usando una moto acuática, sea tripulante o pasajero, estará obligado a llevar puesto el chaleco salvavidas correctamente homologado. Este chaleco tendrá que ser de 100 N de flotabilidad, disponer de un silbato y de tiras reflectantes.
Según la normativa, estos chalecos para motos de agua deben llevar los siguientes elementos de forma obligatoria.
Como cuando estás yendo en bici o cuando estás conduciendo, el silbato hace la misma función que tu bocina, te servirá para poder llamar la atención en una situación de emergencia.
Para llevar un chaleco homologado, como dice la normativa, es necesario que sea un chaleco de 100 N de flotabilidad. Existe la excepción de poder utilizar un chaleco de 50 Newtons si la persona se encuentra en la modalidad de alquiler por horas si no sale del circuito. Es decir, si se utiliza la moto en aguas tranquilas, interiores y protegidas.
Las tiras reflectantes son esenciales para que nos vean a distancia.
Los chalecos de 50 N son para personas que naden bien, ya que estos chalecos simplemente son una ayuda a la flotabilidad. Es por eso que son recomendados en aguas interiores, tranquilas y protegidas.
De esta manera, su flotabilidad es de 5 Kg y se debe ajustar correctamente al cuerpo.
Estos tipo de chalecos tienen la flotabilidad de 10 Kg, y a diferencia de los de 50 N, puede mantener a flote a aquellas personas que no sepan nadar.
Desde el año 2019, se ha intentado hacer un cambio de normativa en cuanto a los chalecos de 50 N, ya que empezó a haber una polémica sobre la necesidad de poder ir en moto náutica con 50 N en los lugares de alquiler, ya que los chalecos de 100 N no se vendían tanto. A causa de un retraso de la normativa y el surgimiento de la pandemia mundial, la normativa tardó en llegar.
Finalmente, el Real Decreto 339/2021 expuso que los chalecos 50 N estarían homologados para las motos acuáticas en abril de 2021. Además, también se explicó las nuevas normativas en cuanto al artículo 9 sobre los elementos necesarios de seguridad.
Estas exponen la obligación, comentada anteriormente, de llevar puesto el chaleco salvavidas homologado por la autoridad que corresponda, tanto el que gobierna la moto como el pasajero. También se exponen los elementos esenciales de seguridad, como es el silbato, y la obligación de tener un chaleco de 100 N con excepción de los organismos públicos o sitios de alquiler.
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