Tu embarcación es un activo valioso, pero navegar implica riesgos y el mar puede volverse en contra. Si tu empresa alquila embarcaciones de recreo en el litoral español, en Náutica Profesional diseñamos la póliza que protege el barco, a tu empresa y a quien navega en él.
Aseguramos cualquier embarcación de recreo —a motor, a vela, neumática, semirrígida o la auxiliar de una mayor— con coberturas calibradas para el uso de alquiler, con y sin tripulación.
¿Que aportamos?
Aportamos nuestra experiencia y conocimiento del sector náutico —más de 30 años como correduría especializada— para generar valor real en cada contrato: evitamos el infraseguro, ajustamos el valor declarado del casco y elegimos la modalidad de daños (averías particulares o Institute Yacht Clauses) que mejor encaja con la antigüedad y el valor de cada unidad.
| ⚓ ¿Qué cubre el seguro de una embarcación de recreo de alquiler?
Cubre la Responsabilidad Civil obligatoria (RD 607/1999) frente a daños a terceros y se amplía con las garantías propias del alquiler: RC voluntaria, daños del casco bajo cláusulas IYC (varada, abordaje, incendio, robo y remoción de restos), accidentes para los ocupantes, defensa jurídica y asistencia náutica. La cobertura de daños IYC equivale al «todo riesgo» bajo cláusulas inglesas e incluye la remoción de restos en caso de naufragio. |
Coberturas del seguro de embarcaciones de recreo
Ofrecemos productos modulares que se adaptan al uso y al valor de cada embarcación. Las garantías más relevantes:

Cobertura de daños IYC
Todo riesgo bajo cláusulas inglesas: varada, embarrancada, abordaje, peligros del mar, incendio, explosión, actos maliciosos y robo. Incluye remoción de restos y gastos
de remolque.
Responsabilidad Civil voluntaria
Amplía el capital obligatorio, que en daños personales queda limitado y es fácil de superar en un siniestro grave.


Accidentes para la tripulación-cliente
Seguro colectivo conforme a la Instrucción de servicio 10/2019 del Ministerio de Fomento.
Responsabilidad Civil de la empresa
Protege a la empresa y a sus administradores por la actividad de alquiler, incluidos los trabajadores.

Las ventajas de nuestros seguros para embarcaciones de recreo

Verificación de
riesgos

Unificación de
vencimientos

Formación en
gestión de siniestros
Preguntas Frecuentes
¿Por dónde puedo navegar con el seguro de embarcaciones de recreo?
Los contratos delimitan el ámbito por zonas; debes tener contratada la que vayas a usar. Las franjas habituales son hasta 12 millas, hasta 200 millas y navegación mundial. La segunda limitación es la titulación del patrón: nunca se pueden superar las atribuciones del título.
¿Cuánto cuesta el seguro de una embarcación de recreo?
La prima depende de las garantías contratadas y los límites de RC, y de las características de la embarcación: valor, antigüedad, motor o vela, potencia o eslora, y el uso que se le dé. En el alquiler, la actividad comercial eleva las exigencias y, por tanto, la prima respecto a un uso particular.
¿En qué consiste la cobertura de daños IYC?
Es el «todo riesgo» bajo cláusulas inglesas (Institute Yacht Clauses). Cubre los daños propios de la navegación e incluye la remoción de restos en caso de naufragio.
¿Qué no está asegurado?
No se cubren las averías mecánicas que no deriven en incendio o explosión. Tampoco los siniestros si la embarcación se ha alquilado a un tercero sin comunicarlo a la aseguradora, ni los ocurridos sin la documentación oficial en regla o bajo efectos del alcohol o las drogas.
¿Los ocupantes están protegidos?
Sí, mediante la garantía de accidentes de ocupantes (fallecimiento, invalidez y gastos médicos). En embarcaciones de alquiler, chárter y transporte de pasajeros, los ocupantes quedan cubiertos además por el Seguro Obligatorio de Viajeros.
¿Qué cobertura da el seguro obligatorio?
El SOV (RD 1575/1989) ofrece garantías legales: 36.060,73 € por fallecimiento, indemnización por invalidez permanente según baremo y asistencia sanitaria.
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