| El seguro de daños materiales de una embarcación de recreo cubre típicamente 21 riesgos estándar enumerados en el condicionado: varada involuntaria, embarrancada, hundimiento, abordaje, golpe de mar, inundación, accidente externo, fuego, abrasión por calor, cortocircuito, explosión, fuerza mayor (rayo, viento más de 50 nudos, lluvia más de 40 l/m²/hora, pedrisco, nieve, inundaciones), robo, actos vandálicos, colisión con objeto fijo o flotante, estancia en tierra, maniobras de entrada y salida del agua, transporte por tierra o mar, salvamento, remoción de restos y daños por roedores. Hay garantías opcionales adicionales (rotura de mástiles y jarcia, velas, toldos, efectos personales) y exclusiones críticas a vigilar (desgaste natural, falta de mantenimiento, defectos de construcción, dolo, navegación fuera del ámbito territorial, regatas no pactadas). |
Cuando un propietario contrata un seguro de daños materiales, normalmente conoce las grandes líneas (varada, hundimiento, fuego, robo) pero ignora los detalles técnicos que marcan la diferencia entre tener cobertura o no en un siniestro concreto. Un viento de 45 nudos puede no estar cubierto si el umbral del condicionado es 50 nudos. Un robo del fueraborda puede quedar fuera si no había sistema antirrobo certificado. Una inundación durante una tormenta puede o no estar cubierta dependiendo de la causa concreta.
Este artículo enumera los 21 riesgos estándar del condicionado de recreo del mercado español, con sus matices técnicos, umbrales numéricos verificables y ejemplos prácticos. Si lees solo una sección de la web de tu corredor, que sea esta: aquí está la diferencia entre creer que tienes cobertura y tenerla de verdad.
Los cinco primeros riesgos se refieren a siniestros causados por el medio acuático o por su interacción con la embarcación. Son los más frecuentes en estadísticas de siniestralidad.
Los 21 riesgos anteriores se refieren al condicionado básico de daños materiales. Hay garantías adicionales OPCIONALES que muchas pólizas no incluyen por defecto y que conviene revisar:
Los 21 riesgos cubiertos definen el QUÉ. Las exclusiones definen el QUÉ NO. Estas son las exclusiones críticas del condicionado estándar de recreo en mercado español:
El condicionado estándar Murimar Recreo cubre los daños por viento a partir de 50 nudos sostenidos. Vientos inferiores no se consideran fuerza mayor. Esto es importante en zonas como el Cabo de Creus o el Estrecho de Gibraltar, donde la tramontana o el viento de levante pueden llegar a 40-45 nudos con cierta frecuencia. Comprueba si tu condicionado tiene un umbral más bajo, lo que sería favorable.
La lluvia se considera fuerza mayor cuando supera los 40 litros por metro cuadrado en una hora. Es un umbral alto: la mayoría de tormentas mediterráneas no llegan a esa intensidad sostenida. Las lluvias DANA y los episodios extremos sí superan habitualmente este umbral, especialmente en costa levantina y mediterránea.
La cobertura de robo requiere acreditar dos condiciones: que la embarcación estuviera en condiciones razonables de seguridad (puerto, playa con vigilancia, recinto cerrado) y que los motores fueraborda estuvieran fijados con sistema antirrobo. Los tornillos del fabricante NO se consideran sistema antirrobo. Sistemas válidos: candado de espárragos tipo McGard, brackets antirrobo certificados, sistemas tipo OutboardLock, GPS antirrobo.
Solo el robo con violencia o fuerza está cubierto. El hurto (apropiación sin violencia, por ejemplo cogiendo material que estaba accesible en cubierta) suele estar excluido. La denuncia policial debe reflejar claramente la violencia, fuerza o forzamiento de cierres para que la cobertura sea efectiva.
Un velero de 11 metros encalla en una cala al confundir la sonda con los datos de la carta náutica. Daños valorados en 14.000 € entre quilla, pala de timón y mecanizado. Cobertura: completa dentro de daños materiales, indemnización a valor de nuevo sin depreciación porque son averías particulares. Aplicable franquicia pactada según condiciones particulares de la póliza.
Lancha de 7 metros amarrada en pantalán sin cámaras. Motor fueraborda atornillado con tornillos estándar del fabricante, sin candado de espárragos. Robo del motor durante la noche. Resultado probable: denegación por incumplimiento de los requisitos de la garantía (sistema antirrobo) salvo que se pueda acreditar vigilancia y otros factores favorables.
Velero amarrado en puerto durante temporal con rachas máximas de 45 nudos pero viento sostenido de 35 nudos. Daños al toldo y a la jarcia firme. Si el condicionado exige 50 nudos sostenidos, el siniestro puede no ser considerado fuerza mayor y los daños quedar fuera de cobertura. Diferente sería si las rachas hubieran superado los 50 nudos de forma sostenida o si el viento hubiera causado un siniestro distinto (por ejemplo, un golpe de mar).
¿Mi seguro cubre los daños mecánicos del motor por uso normal?
No. Los daños mecánicos derivados del uso normal o del desgaste no están cubiertos: motor que se rompe por kilometraje, juntas que se deterioran, batería que pierde rendimiento. Solo se cubren los daños mecánicos derivados de un siniestro cubierto: por ejemplo, motor dañado por una explosión, por inmersión tras hundimiento o por cortocircuito.
¿Está cubierto un daño en la quilla descubierto en una varada de mantenimiento?
Depende del momento en que se produjo el daño. Si el daño existe desde un siniestro anterior (varada, golpe contra fondo) que no se declaró en su momento, la compañía puede invocar el plazo de 7 días para comunicación del siniestro y rechazar la cobertura. Si el daño es producto de desgaste, corrosión o falta de mantenimiento, queda excluido. Si se produce durante el propio izado por accidente, está cubierto como maniobra de entrada y salida del agua.
¿Qué pasa si tengo un siniestro y no había contratado la garantía opcional de mástiles y velas?
Esos elementos solo estarían cubiertos si el siniestro corresponde a alguno de los 21 riesgos básicos (por ejemplo, una colisión que daña el mástil). Pero las roturas espontáneas, las roturas durante navegación normal o los daños por viento por debajo del umbral del condicionado quedarán fuera. Si tienes un velero serio, la garantía de mástiles y velas es muy recomendable.
¿Mi seguro cubre los daños si el barco está usado por un familiar o amigo?
Sí, siempre que esa persona tenga la titulación adecuada para gobernar la embarcación según la eslora y zona, no esté en estado de embriaguez, y el uso siga siendo recreativo y no lucrativo. Si lleva amigos que aportan dinero solo para gastos compartidos del día (combustible, comida), se considera uso recreativo. Si cobra un precio por la travesía, es uso lucrativo y la cobertura puede quedar invalidada.
¿Cómo activo la cobertura cuando tengo un siniestro?
Cuatro pasos en orden: garantizar la seguridad de las personas a bordo y prestar la asistencia necesaria; avisar a la aseguradora dentro de los 7 días siguientes (línea 24 horas, email del departamento de siniestros); documentar el siniestro con fotos, condiciones meteorológicas, identificación de testigos; no autorizar reparaciones ni grúas sin que la compañía designe perito. El plazo legal de pago de la indemnización es de 40 días desde la declaración formal.
Conocer los 21 riesgos cubiertos por el seguro de daños materiales es la mejor forma de evitar sorpresas el día del siniestro. Cada riesgo tiene su matiz técnico, su umbral numérico y su exclusión asociada. Y las garantías opcionales (mástiles, jarcia, velas, toldos, efectos personales, material de pesca) cubren huecos importantes del condicionado básico que pueden ser críticos según el tipo de embarcación y uso.
| En Náutica Profesional revisamos contigo el condicionado exacto de la oferta antes de firmar, identificamos qué riesgos quedan dentro y qué riesgos podrían quedar fuera, y proponemos la combinación de garantías que mejor se ajusta a tu perfil real. Si quieres que te revisemos sin compromiso la cobertura actual o necesitas un presupuesto comparativo, contacta con nuestro equipo o llama al 972 33 67 08. |
| El seguro de daños materiales de una embarcación de recreo cubre 21 riesgos: varada involuntaria, embarrancada, hundimiento, abordaje, golpe de mar, inundación, accidente externo, fuego, abrasión por calor, cortocircuito, explosión, fuerza mayor (rayo, viento más de 50 nudos, lluvia más de 40 l/m²/hora, pedrisco, nieve, inundaciones), robo (con garantía contratada y requisitos de vigilancia), actos vandálicos, colisión con objeto fijo o flotante, estancia en tierra, maniobras de entrada y salida del agua, transporte, salvamento, remoción de restos y daños por roedores. Existen garantías opcionales para mástiles, jarcia, velas, toldos, efectos personales y material de pesca. Las principales exclusiones son: desgaste natural, falta de mantenimiento, defectos de construcción, daños mecánicos del motor no derivados de siniestro cubierto, navegación fuera del ámbito territorial, dolo, regatas no pactadas y uso lucrativo. |
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